Consecuencia de la inobservancia del término de duración del proceso artículo 121 del C.G.P.

dc.contributor.authorCortés Losada, Carlos Arturo
dc.contributor.authorPérez Abril, Nieves
dc.date.accessioned2026-09-14T20:04:17Z
dc.date.issued2018-12-30
dc.description.abstractEste artículo trata de la inclusión social desde la perspectiva del acceso a la justicia, cuando se acude a los juzgados en busca de la reivindicación de derechos. Es así como en Colombia a partir de la promulgación del nuevo Código General del Proceso en el año 2012, se ha establecido un plazo razonable para terminar los procesos en primera y segunda instancia; en el primer caso no puede sobrepasar el año y en el segundo, seis meses contados desde la admisión de la demanda. No obstante, en su aplicación se había venido presentando interpretaciones diferentes que dejaban nuevamente en el limbo jurídico a las personas, como antes de su expedición, y gracias a la jurisprudencia de las Altas Cortes, a la Convención Interamericana de Derechos Humanos, así como a los principios de la Constitución Política de Colombia, se unificó el criterio, ratificando la esencia de la ley. Incluso se avanzó en zanjar la discusión para que los operadores judiciales y litigantes, se atengan a las consecuencias en el evento de no cumplir con los términos, tales como la nulidad y la pérdida de competencia; de contera, la sociedad puede estar tranquila, pues la caja de herramientas prescrita es de tal magnitud que ciertamente cuenta con toda la defensa procesal y con la seguridad jurídica de tener en un tiempo prudencial, pronunciamiento definitivo sobre su caso demandado.
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dc.identifier.doi10.26620/uniminuto.inclusion.6.1.2019.71-81
dc.identifier.urihttps://revistas.uniminuto.edu/index.php/IYD/article/view/1767
dc.identifier.urihttps://repository.uniminuto.edu/handle/10656/24364
dc.languagespa
dc.publisherCorporación Universitaria Minuto de Dios
dc.relationhttps://revistas.uniminuto.edu/index.php/IYD/article/view/1767/1687
dc.relationhttps://revistas.uniminuto.edu/index.php/IYD/article/view/1767/2535
dc.relationhttps://revistas.uniminuto.edu/index.php/IYD/article/view/1767/2678
dc.rightsDerechos de autor 2018 Inclusión y Desarrollo
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0
dc.sourceInclusión y Desarrollo; Vol. 6 No. 1 (2019): Enero - Junio; 71-81
dc.sourceInclusión y Desarrollo; Vol. 6 Núm. 1 (2019): Enero - Junio; 71-81
dc.sourceInclusión y Desarrollo; v. 6 n. 1 (2019): Enero - Junio; 71-81
dc.source2590-7700
dc.source2389-7341
dc.source10.26620/uniminuto.inclusion.6.1.2019
dc.subjectPérdida de competencia
dc.subjectNulidad
dc.subjectInobservancia en la duración del proceso
dc.subjectPlazo razonable
dc.subjectLoss of competence
dc.subjectInvalidity, inobservance of the process length
dc.subjectReasonable time
dc.titleConsecuencia de la inobservancia del término de duración del proceso artículo 121 del C.G.P.
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dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion

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