1 Inobservancia de derechos de los niños, niñas y adolescentes en hogares de paso en Medellín Karol Johana Molina Jurado Corporación Universitaria Minuto de Dios Rectoría Antioquia y Chocó Sede Bello (Antioquia) Programa Trabajo Social noviembre de 2022 2 Inobservancia de derechos de los niños, niñas y adolescentes en hogares de paso en Medellín Karol Johana Molina Jurado Trabajo de Grado presentado como requisito para optar al título de Trabajador Social Asesor(a) Carlos Gustavo Rengifo Arias Economista de la universidad nacional, especialista y magister en estudios políticos Corporación Universitaria Minuto de Dios Rectoría Antioquia y Chocó Sede Bello (Antioquia) Programa Trabajo Social noviembre de 2022 3 Dedicatoria Este trabajo de tesis es dedicado a mi madre, mi padre, mi hermana, mi hija y Dios por haberme apoyado estos 5 años que he estado en la Universidad UNIMINUTO, completando mis estudios para conseguir mi título profesional como Trabajadora Social, por el esfuerzo que ellos realizaron en este tiempo para que así yo pudiera seguir adelante. A ellos les agradezco haberme guiado por el camino correcto en mis momentos más duros en el trascurso de mi carrera y que gracias a eso, con mucho esfuerzo y dedicación, he podido completar mis estudios y poderme graduar. Le agradezco mucho a mi hermana y mi hija por haberme acompañado en estos años, dado que, con ellas, aprendí a sonreír, a siempre contar con una amiga y enseñarme que por difíciles que sean los caminos con constancia, dedicación y amor por lo que hacemos se llega a la meta y se logra cumplir sueños. Gracias a mi hija Celeste aprendí que nunca es malo volver a jugar como cuando éramos unos niños, porque nunca va a ser muy tarde o ser muy viejo, para ser feliz. Este trabajo es por ustedes. Muchísimas gracias por su apoyo y por su amor. 4 Contenido Resumen ....................................................................................................................................................... 6 Introducción .................................................................................................................................................. 9 Planteamiento del problema ...................................................................................................................... 10 1 Planteamiento del Problema .............................................................................................................. 10 1.1 Pregunta Problematizadora ............................................................................................................ 14 Justificación ................................................................................................................................................. 15 Marco teórico.............................................................................................................................................. 17 Referente Teórico ....................................................................................................................................... 20 1.2 Modelo sistémico ............................................................................................................................ 20 Objetivos ..................................................................................................................................................... 21 1.3 Objetivo General: ............................................................................................................................ 21 1.3.1 Objetivo Específico: ..................................................................................................................... 21 Diseño Metodológico .................................................................................................................................. 22 1.4 Paradigma ....................................................................................................................................... 22 1.4.1 Estrategia .................................................................................................................................... 23 1. Marco de referencia ............................................................................................................................ 25 1.5 Técnicas e instrumentos ................................................................................................................. 25 Documentales ............................................................................................................................................. 25 Recopilan información acudiendo a fuentes previas, como investigaciones ajenas, libros, información en soportes diversos, y emplea instrumentos definidos según dichas fuentes, añadiendo así conocimiento a lo ya existente sobre su tema de investigación. ......................................................................................... 25 Experimentales ........................................................................................................................................... 25 Parten de la reproducción, en un ambiente controlado, de los fenómenos naturales que busca estudiar, también se logra a partir de situaciones vividas. ........................................................................................ 25 Ficha bibliográfica ....................................................................................................................................... 25 Corresponde a un documento breve que contiene la información clave de un texto utilizado en una investigación. Puede referirse a un artículo, libro o capítulos de este (Alas raki, 2007) ............................ 25 1.6 Consideraciones Éticas .................................................................................................................... 25 1.6.1 ¿Por qué citamos y proveemos referencias bibliográficas? ....................................................... 25 Capítulo 1 .................................................................................................................................................... 27 1.7 Tipos de inobservancia de derechos en los niños, niñas y adolescentes en hogares de paso ....... 27 5 1.7.1 Niños, niñas y adolescentes en Colombia ................................................................................... 27 Capítulo 2 .................................................................................................................................................... 39 1.8 Fortalezas y debilidades de la intervención del Estado en la restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes ........................................................................................................................ 39 1.8.1 Fortalezas .................................................................................................................................... 39 Debilidades. ................................................................................................................................................ 43 1.8.2 Egreso por mayoría de edad. ...................................................................................................... 48 1.8.3 La ubicación de menores por abuso sexual. ............................................................................... 48 Capítulo 3 .................................................................................................................................................... 50 1.9 Estrategias para posibilitar un mayor control del Estado en la intervención de los niños, niñas y adolescentes ............................................................................................................................................... 50 1.9.1 Estado.......................................................................................................................................... 50 1.9.2 Familia ......................................................................................................................................... 51 1.9.3 Instituciones de Bienestar familiar ............................................................................................. 56 1.9.4 Trabajo Social .............................................................................................................................. 58 1.9.5 Educación .................................................................................................................................... 59 Conclusiones ............................................................................................................................................... 62 Referencias bibliográficas ........................................................................................................................... 64 . . 6 Resumen Palabras claves: Inobservancia, niños, niñas y adolescentes, derechos, ICBF, Estado, Restablecimiento de derecho, Hogares de paso. La vulneración de los derechos de los NNA es una problemática que se viene abordando debido a la magnitud de casos en los que se presenta la desprotección de los y las menores, en territorios con bajos niveles socioeconómicos se presenta con mayor continuidad situaciones en las cuales hay NNA maltratados y vulnerados, entendiendo que, si bien existen diversas causas, es fundamental que el Estado se apropie de la situación, atienda y proteja a cada uno de estos NNA El Estado Colombiano es una forma de organización política que cuenta con poder administrativo y soberano. Esta organización política se constituye en un determinado territorio y tiene el poder de ordenar y administrar la vida en sociedad, por lo tanto, crea instituciones que ayudan en el restablecimiento de los derechos de los NNA. El ICBF surge en Colombia como una entidad adscrita al Ministerio de la Protección Social. Fue creado en 1968 para enfrentar el reto de brindar apoyo y ayuda efectiva a los menores que ven vulnerados sus derechos. Tiene un carácter Nacional, por esto cubre tanto poblaciones urbanas como las rurales, indígenas y afro-colombianas. Tiene presencia en todas las capitales del departamento y cuenta 215 centros zonales en los diferentes municipios e incluso en las localidades de las ciudades grandes del país. Los niños y niñas, jóvenes, adultos y familias son atendidos por el ICBF y por 7 sus representantes, instituciones que contratan con éste para brindar la atención directa a los menores (denominadas entidades prestadoras de servicios). Se cuenta, así, con varias modalidades de atención a las que los usuarios pueden acceder de acuerdo con los cupos que existan. 8 Abstract Keywords: Non-compliance, children and adolescents, rights, ICBF, State, Restoration of rights, Foster homes. The violation of the rights of children and adolescents is a problem that has been addressed due to the magnitude of cases in which the lack of protection of minors occurs, in territories with low socioeconomic levels, situations in which there are abused and violated children and adolescents occur with greater continuity, understanding that, although there are various causes, it is essential that the State takes ownership of the situation, attends and protects each of these children and adolescents. The Colombian State is a form of political organization with administrative and sovereign power. This political organization is constituted in a certain territory and has the power to order and administer life in society, therefore it creates institutions that help in the reestablishment of the rights of children and adolescents. The ICBF was created in Colombia as an entity attached to the Ministry of Social Protection. It was created in 1968 to face the challenge of providing support and effective help to minors whose rights have been violated. It has a national character, so it covers both urban and rural, indigenous and Afro-Colombian populations. It is present in all departmental capitals and has 201 zonal centers in the different municipalities and even in the localities of the country's large cities. Children, young people, adults and families are cared for by the ICBF and its representatives, institutions that contract with the ICBF to provide direct care to minors (called service providers). Thus, there are several modalities of attention to which users can have access according to the existing quotas. 9 Introducción El objetivo de esta investigación fue evaluar la consistencia de las valoraciones realizada a partir de una revisión documental, acerca de situaciones hipotéticas de vulneración, amenaza o inobservancia de los derechos de niños, niñas y adolescentes, así como la influencia de variables ajenas al niño o a la familia sobre dicha valoración. Observando así situaciones de vulneración, amenaza o inobservancia de derechos en nivel moderado o grave, las cuales debían ser valoradas y clasificadas por las instituciones que tiene a cargo el Estado para velar por el restablecimiento de los derechos de los NNA. El Estado es la primera entidad a cargo de velar por el debido proceso y cumplimiento de los derechos de los NNA (niños, niñas y adolescentes) o por el restablecimiento de los mismos, para esto el Estado crea Instituciones que cumplan con una serie de lineamientos que faciliten el debido proceso. El ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar familiar) El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) es la entidad del Estado colombiano que trabaja por la prevención y protección integral de la primera infancia, infancia y adolescencia, el fortalecimiento de los jóvenes y las familias en Colombia, brindando atención especialmente a aquellos en condiciones de amenaza, inobservancia o vulneración de sus derechos, sin embargo al tener mas de 215 centros zonales se han dificultado los procesos de restablecimiento y se presentan inobservancia dentro de las mismas instituciones a cargo, Durán (2011), afirma que: Las condiciones logísticas en las cuales se desarrollan las labores de protección en el centro zonal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, son un indicador de la poca prioridad que tienen los temas de infancia dentro de la agenda pública del Estado. Los equipos de profesionales no cuentan con condiciones adecuadas para llevar a cabo un trabajo apropiado, tales como equipos de computador, medios de transporte, recursos económicos, etc. La capacidad administrativa de los centros zonales del Instituto es pobre; ellos son ejecutores de presupuestos insuficientes, asignados desde el nivel nacional. (p. 554) 10 Planteamiento del problema 1 Planteamiento del Problema La legislación internacional (Derecho internacional de los derechos) menciona que cada uno de los derechos de la infancia son, intransferibles, irrenunciables y no pueden ser vulnerados bajo ninguna circunstancia, sin embargo, en el marco de la ley de la constitución política de Colombia de 1991 está claro que los NNA (niños, niñas y adolescentes) deben de ser protegidos bajo cualquier situación que los ponga en riesgo, pero en la práctica, la realidad es otra. Por lo menos aquí en Colombia, donde la Defensoría del Pueblo hizo un “llamado de alerta” sobre “la situación lamentable de inobservancia sistemática” de los derechos a los que se enfrentan los niños en el territorio, es evidente que estas leyes no son aplicadas y que son muchos los NNA que viven cada día algún tipo de inobservancia de derechos. Quienes deberían de implementar estrategias para mitigar este tipo de problemas, como la alta permanencia en calle, violencia intrafamiliar, consumo de SPA, abuso o presunto abuso, abandono, entre otros, debe de ser, las familias como primer núcleo protector y el Estado con sus respectivas entidades que se encargan de implementar estrategias para la protección de los derechos de los NNA, algunas de estas entidades son, las comisarías de familias, inspección de policía y el ICBF con sus entidades como hogares de paso, guarderías e internados. A lo largo de esta investigación se logra inferir que, pese a que hay instituciones que permiten que haya medidas de protección inmediata, como los hogares de paso, sigue habiendo inconsistencias en estos procesos, no se tienen un control permanente y se evidencia que dentro de los mismos hogares de paso se vulneran los derechos de los NNA, los derechos vulnerados más comunes son el derecho a la educación y la salud, un hogar de paso es, Es el servicio mediante el cual una familia o persona natural o jurídica, previamente seleccionada por las autoridades territoriales o indígenas correspondientes y contando con la aprobación por 11 parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, brinda de manera voluntaria y subsidiada por el Estado, en forma inmediata y provisional, protección integral para restituir y garantizar a los niños, niñas y adolescentes sus derechos cuando han sido amenazados o vulnerados (ICBF, 2006, p.5) Por lo tanto, el tiempo estipulado para la permanencia de los NNA en este lugar es 8 días, con un máximo de 2 meses en caso tal, de que sea un caso especial y el defensor de derechos que le fue asignado al menor solicite la permanencia del mismo en este lugar. Sin embargo, se tienen niños con más de 4 meses de estadía en estos medios provisionales, sin institucionalización o servicio de salud. Adicional a esto, vemos que los monitoreo o acompañamiento por parte del ICBF o el Estado, no son constante o notorio, los seguimientos que le hacen a estas entidades prestadoras de servicio o a los menores que no se le han logrado restituir sus derechos y que por el contrario se les están vulnerando otro tipo de derechos al permanecer cierta cantidad de tiempo en estas instituciones, no son suficientes y cada vez se presentan diferentes casos al interior de las mismas que ponen en duda, ¿si estas estrategias son buenas o si es el Estado es quien debe de implementar mayor seguridad y control a la hora de velar por los NNA. Según la Ley de Infancia y Adolescencia, en su artículo 52: “En todos los casos, la autoridad competente deberá, de manera inmediata, verificar el estado de cumplimiento de cada uno de los derechos de los NNA, consagrados en el Título I del Libro I del presente Código. Se deberá verificar: (a) El Estado de salud física y psicológica. (b) Estado de nutrición y vacunación. (c) La inscripción en el registro civil de nacimiento. (d) La ubicación de la familia de origen. (e) El Estudio del entorno familiar y la identificación tanto de elementos protectores como de riesgo para la vigencia de los derechos. (f) La vinculación al sistema de salud y seguridad social. (g) La vinculación al sistema educativo.” (Congreso de la República, Ley 1098 de 2006). Es importante señalar que la verificación de derechos es un 12 procedimiento por medio del cual cada uno de los integrantes del equipo técnico interdisciplinario, desde su área del saber, elabora un concepto respecto a las condiciones de garantía de los derechos del niño, niña o adolescente (basado en lo establecido en los artículos 17 al 37 de la Ley 1098 de 2006), el cual posteriormente debe integrarse, para determinar las acciones a seguir en el caso particular de cada NNA. Si se define la apertura de un Proceso de Administrativo de Restablecimiento de Derechos, estas valoraciones iniciales deberán complementarse para elaborar dictámenes periciales. Así, queda a discrecionalidad del defensor de familia, tomar las medidas que considere pertinentes para el restablecimiento de los derechos de cada uno de los casos atendidos, según las condiciones identificadas en la evaluación realizada por el equipo técnica interdisciplinario. Esta evaluación se realiza por medio de la verificación de garantía de derechos, establecida en el citado artículo 52. Las medidas que puede tomar un defensor de familia para el restablecimiento de los derechos de un NNA, son las siguientes: Amonestación con asistencia obligatoria a curso pedagógico; retiro inmediato del niño, niña o adolescente de la actividad que amenace o vulnere sus derechos o de las actividades ilícitas en que se pueda encontrar y ubicación en un programa de atención especializada para el restablecimiento del derecho vulnerado; ubicación inmediata en medio familiar; ubicación en centros de emergencia para los casos en que no procede la ubicación en los hogares de paso y la adopción. Además de las anteriores, se aplicarán las consagradas en otras disposiciones legales, o cualquier otra que garantice la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes (Ley 1098 de 2006, Artículo 53). Como trabajadores sociales, debemos de velar por los derechos de NNA, brindarles bienestar y mejorar su calidad de vida, siendo profesionales, podemos, tomar el mando ante estas situaciones de inobservanciade derechos y velar para la protección de los mismo, hacer un buen acompañamiento en 13 las instituciones y criticar la manera en cómo el Estado y sus instituciones se hacen cargo de los NNA, no podemos permitir que ser niños en Colombia sea una pesadilla. En el momento no se cuenta con investigaciones en Colombia respecto a la consistencia y confiabilidad en la evaluación de las condiciones de vulneración, amenaza o inobservancia de NNA, por parte de profesionales de las defensorías de familia del ICBF en la fase inicial del proceso (verificación de derechos), pero la revisión documental de las sentencias dadas por la Corte Constitucional, si permiten evidenciar que, a juicio de los garantes de la normatividad y la ley, las autoridades competentes del ICBF han tomado decisiones que vulneran o amenazan los derechos de NNA, y que dentro de los PARD, se presentan fallas constantes cuando se define la separación de un NNA y su grupo familiar, tal como puede observarse en las sentencias de la Corte Constitucional mencionadas anteriormente y en lo señalado por la Procuraduría Judicial de Familia desde el año 2013 (Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia -PDDDIAF-, 2013). Algunos autores (Arad-Davidzon & Benbenishty, 2010; Burnett, 1993; Child Welfare Información Gateway, 2003; DePanfi lis & Girvin, 2005; English, Marshall, Coghlan, Brummel, & Orme, 2002; Mandel, Lehman, & Yuille, 1994, 1995; Regher, LeBlanc, Shlonsky, & Bogo, 2010; Schuerman et al., 1999; Shor & Haj-Yahia, 1996, citados por Arruabarena & Ochotarena, 2011), afirman que aparentemente las decisiones tomadas para proteger la infancia o la adolescencia, responderían más a aspectos externos a los NNA y sus familias (i.e., sexo del profesional, los recursos para su intervención, sus experiencias traumáticas previas, nivel de estrés, carga laboral, apoyo recibido por su institución) que a la evaluación de las condiciones reales de riesgo de un NNA en su grupo familiar. 14 1.1 Pregunta Problematizadora ¿De qué manera el Estado vigila y controla las estrategias que se están llevando para el restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo medida de protección en hogares de paso en la cuidad de Medellín? 15 Justificación Como acotación preliminar, los derecho de los niños, niñas y adolescentes en Colombia se encuentra protegidos en la Constitución Política de 1991, en el artículo 44, en su título II el cual, Determina los derechos y obligación del Estado, la familia y la sociedad salvaguardar a los menores en defensa de sus derechos y también a tener una familia y no ser separados de ella, protección contra el abandono, violencia, abuso sexual, explotación laboral, entre otros, el cual establece el principio de interés superior teniendo prevalencia sobre los derechos de los demás, siendo una obligación constitucional velar por los derechos de los niños, La Ley 1098 del 2006 - Código de la Infancia y la Adolescencia, reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos titulares de derechos, consagrados no solo en la Constitución y la Ley, sino en los Tratados Internacionales, derechos que deben atenderse sin discriminación alguna, entre ellos que se defina su filiación, se respete la vida, se provean las condiciones necesarias para su supervivencia y se brinde la protección, cuidado, amor y asistencia necesaria. (Galeano,2020, p.1) Esta investigación nace con la motivación y pretensión de generar nuevos conocimientos y reflexión frente a la problemática de inobservanciade derechos y la manera en que el estado interviene en la restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes quienes están bajo una medida de protección, donde se les garanticen sus derechos y puedan crecer y desarrollarse dentro de un ambiente fraterno. En ese sentido, el artículo 57, de la Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006, Establece que el hogar de paso es la medida de ubicación inmediata y provisional para un niño, niña o adolescente, cuando no aparecen sus padres, parientes o personas responsables de su cuidado y atención, y también para aquellos NNA están siendo vulnerados sus derechos. (ICBF, 2006, p.1) https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_1098_2006.htm#1 16 Es constante la preocupación por la situación de inobservancia de derechos de los NNA, así como la manera en la que, desde Trabajo Social, se puede aportar a la protección de estos derechos. Se considera entonces que esta investigación es una posibilidad para conocer cuáles son los procesos que se están llevando a cabo en los hogares de paso y su clasificación en los tipos de inobservancia de derechos, conocer cuáles son redes de apoyo de los NNA y sus dinámicas familiares. Así mismo, se reconoce el rol de la familia como trascendental al momento de brindar a los NNA las herramientas que les permita desenvolverse en sociedad de tal manera que tenga la capacidad de trazar un proyecto de vida de acuerdo a sus aspiraciones, entendiendo además, la importancia de aportar protección, donde la familia sea ese lugar seguro, de paz, tranquilidad y armonía, recordando además, que la familia es aquel primer contacto que los NNA tiene con la sociedad y donde sus aprendizajes, la forma de concebir el bienestar e incluso la calidad de vida, se ven afectados por acciones que sus padres, madres y/o cuidadores ejercen de manera cotidiana, es decir: El ser humano aprende a relacionarse desde pequeño con la familia, es decir, allí se aprenden las bases para la interacción con los demás; también los estilos de vida, las formas de pensar, los valores, los hábitos, entre otros, que sirven para configurar la personalidad del individuo, que posteriormente se desenvolverá en un contexto sociocultural (Suárez y Vélez, 2018, p. 179). Por lo anterior, se afirma que los NNA bajo medida de protección requieren una atención especial para su desarrollo integral, es preciso que haya una relación con cada miembro del hogar y dentro de ésta existan roles y funciones que posibiliten un adecuado espacio de socialización dentro del mismo donde haya un trato digno para cada uno de los NNA y se logren restituir sus derechos. 17 Marco teórico Los servicios dirigidos a la infancia y la adolescencia en Colombia, presentan incumplimientos administrativos, financieros y técnicos, tales como: falencias en la estructura del contrato, problemas en el proceso de compras, la no prestación del servicio en los horarios de atención, retardos en el servicio, negligencia en la prestación del servicio, inexperiencia de los operadores en la atención de los programas, ambigüedad y/o contradicción en los pliegos de condiciones para el proceso de selección, entre otros. Se deben buscar mecanismos con el objetivo de prevenir los incumplimientos y de ejercer una adecuada revisión, seguimiento y evaluación en torno al avance de las obligaciones de las partes, en el marco jurídico de la contratación establecidos por el ICBF, según Salcedo, (2022): La restablecimiento de derechos, la internación de NNA en instituciones 24 horas implica una inobservancia de otros derechos, producida por la propia institucionalización. Entre ellos se destaca la separación de NNA de sus padres en el 100% de los casos, separación de hermanos/as por sexo y edad en distintos centros en el 67% de los casos y abuso y/o maltrato o autolesiones en el 9% de los casos. Además, se desestima trabajar con su familia de origen, apreciándose una clara apuesta por otras alternativas. Del total de casos analizados, en el 13% de ellos se priorizó trabajar con familia extensa, generalmente abuelos o tíos, mientras que en el 39% de los casos se priorizó trabajar con familia amiga, sin vínculo sanguíneo. En tanto, en el resto de las situaciones se apostó a trabajar solamente dentro del sistema de protección 24 horas sin apelar a tipo de vinculación familiar. (p.131) Lo mencionado antes son circunstancias a veces transitorias, en las que les puede faltar la garantía para el goce de sus derechos, es entonces cuando entidades tanto oficiales como privadas, al tiempo que normativas del orden nacional e internacional como la Convención de los Derechos de la Niñez, convocan a diseñar y aplicar medidas de protección especial, de tipo judicial, educativo o 18 asistencial, orientadas a restituir los derechos vulnerados y a garantizar el pleno disfrute de los bienes y servicios sociales a quienes han sido excluido En lugar de que los niños sean vistos como receptores o beneficiarios de la asistencia social o la caridad, deben son concebidos como sujetos de derecho frente al Estado y la sociedad, personas a la que se les reconoce el derecho a ser protegidos integralmente en su desarrollo y frente a los cuales existen obligaciones muy concretas y específicas. Se considera a cada niño como un sujeto pleno de derechos exigibles, en contraposición a la anterior visión del niño como un conjunto de necesidades, objeto de protección y control de los padres o el Estado (Salcedo, 2022, párr. 8-9). El reconocimiento de los niños y niñas como sujetos de derechos se presenta hoy más cómo un discurso que una realidad. Más aun en un contexto como el nuestro, donde hay escenarios sociales y económicos que conllevan a que la mayor parte de los niños y sus familias vivan en condiciones de pobreza e inequidad. Existe una cultura de poco respeto por los derechos de los demás en la que los niños son una propiedad de los adultos y su participación en la vida nacional y local es precaria, algunos de los autores en los que se apoya esta problemática, mencionan que, Considerando que el niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad, Teniendo presente que la necesidad de proporcionar al niño una protección especial ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los artículos 23 y 24), en el Pacto 19 Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en particular, en el artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño, Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”. Rodríguez (2017). Se debe implicar un cambio de mirada en la relación del Estado y los adultos con la niñez. En lugar de que los niños sean vistos como receptores o beneficiarios de la asistencia social o la caridad, deben son concebidos como sujetos de derecho frente al Estado y la sociedad, personas a la que se les reconoce el derecho a ser protegidos integralmente en su desarrollo y frente a los cuales existen obligaciones muy concretas y específicas. 20 Referente Teórico 1.2 Modelo sistémico Este modelo enfatiza en las interacciones e interrelaciones, desplazando el objeto del trabajador social haciendo a un lado la individualización de la intervención. Se le debe dar más preponderancia al entorno, los cambios que ocurren en él y las interacciones con el mismo. En lugar de que los niños sean vistos como receptores o beneficiarios de la asistencia social o la caridad, deben ser concebidos como sujetos de derecho frente al Estado y la sociedad, personas a la que se les reconoce el derecho a ser protegidos integralmente en su desarrollo y frente a los cuales existen obligaciones muy concretas y específicas. Se considera a cada niño como un sujeto pleno de derechos exigibles, en contraposición a la anterior visión del niño como un conjunto de necesidades, objeto de protección y control de los padres o el Estado. El reconocimiento de los niños y niñas como sujetos de derechos se presenta hoy más cómo un discurso que una realidad. Más aun en un contexto como el nuestro, donde hay escenarios sociales y económicos que conllevan a que la mayor parte de los niños y sus familias vivan en condiciones de pobreza e inequidad. Existe una cultura de poco respeto por los derechos de los demás en la que los niños son una propiedad de los adultos y su participación en la vida nacional y local es muy precaria (Salcedo, 2022, párr. 10). El respeto de los derechos de los niños y niñas, se debería constituir como una acción total del Estado, en la cual se establezcan programas verdaderos que conduzcan al fomento de políticas públicas, en las que se abarque no sólo la legislación sino también el presupuesto y las relaciones sociales cotidianas. Sin embargo, prácticamente en todos los países, y Colombia no es la excepción, es más importante pagar la deuda con la banca internacional, que la deuda acumulada con nuestros niños (Salcedo, 2022, párr. 11). 21 Sin embargo, hace falta lo más importante, que es el verdadero y total reconocimiento pleno en la garantía de los derechos de la infancia del municipio, especialmente, aquella que vive en zonas de pobreza y extrema vulnerabilidad. Objetivos 1.3 Objetivo General: Analizar la manera en que el Estado y sus instituciones intervienen en la restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo una medida de protección inmediata en Colombia. 1.3.1 Objetivo Específico: 1. Identificar cuáles son los tipos de inobservancia de derechos por los que llegan los NNA a los hogares de paso. 2. Valorar la manera en que el Estado interviene en los NNA bajo medida de protección. 22 Diseño Metodológico 1.4 Paradigma Esta investigación se fundamenta bajo el paradigma comprensivo interpretativo, es una perspectiva o modo de concebir la realidad. Desde esta perspectiva, entre el investigador y el hecho que se estudia se construye una relación dialéctica. ya que permite profundizar en las variables que se desean abordar de acuerdo a los objetivos planteados mediante la indagación con los NNA, que son vistos como sujetos constructores de conocimiento y de significados de su propia realidad. De igual forma, este paradigma posibilita conocer las distintas perspectivas que tienen los NNA en el momento del ingreso y estadía en el hogar, debido a que éste permite no llevar juicios al momento de reconocer la información que se va recolectando, por el contrario, impulsa a tener una mirada holística de lo que se va identificando, entendiendo que, en este paradigma se toma al sujeto como Un individuo comunicativo que comparte significados. Entre ellos/as (incluido el investigador/a) se establece una comunicación bidireccional. Los propios individuos construyen la acción interpretando y valorando la realidad en su conjunto de modo analítico-descriptivo. Desde el contexto se le da su significado pleno. (Ricoy, 2006, p.7) Al ser entonces sujetos comunicativos, permite que se genere un conocimiento mucho más amplio y consciente de aquello que los usuarios perciben de su experiencia debido a que este paradigma posibilita adquirir información variante, sin limitaciones y con una base integral que fomente en los NNA la libertad de expresión y mucho más cuando se busca indagar acerca de las percepciones de los niños, niñas y adolescentes de los hogares de paso. 23 1.4.1 Estrategia Este trabajo se realiza bajo una estrategia fenomenológica, la cual, según Sampieri et al., (2014) se pregunta “sobre la esencia de las experiencias: lo que varias personas experimentan en común respecto a un fenómeno o proceso” (p.35). Y que es utilizada “Cuando se busca entender las experiencias de personas sobre un fenómeno o múltiples perspectivas de éste” (p.471). Estrategia que permite llevar a profundidad el tema de inobservancia de los derechos de los NNA que se encuentran bajo una medida de protección inmediata en hogares de paso, por medio de la indagación de las percepciones de los niños, niñas y adolescentes en relación al acompañamiento en los procesos que se les brinda en la institución y de la investigación que se le hacen a estos procesos desde las entidades principales para el acompañamiento, cuidado y protección de los NNA como lo son el Estado y el ICBF como la entidad que tiene el Estado a cargo de brindar hacer valer dichos procesos. Enfoque. Este trabajo diagnóstico se encuentra bajo el enfoque cualitativo, ya que debido a su teoría es posible considerar al ser humano, en este caso a los NNA de los hogares de paso como sujetos que tienen emocionalidades, que perciben las situaciones de su entorno de manera diversa, dependiendo de las subjetividades del mismo y de las sensaciones que les produce estar en dicho lugar, de esta manera: (...) todo individuo, grupo o sistema social tiene una manera única de ver el mundo y entender situaciones y eventos, la cual se construye por el inconsciente, lo transmitido por otros y por la experiencia, y mediante la investigación, debemos tratar de comprenderla en su contexto (Sampieri et al., 2014, p.9). De esta manera, es fundamental comprender el contexto en el que se encuentran los NNA y así mismo, analizar aquellas percepciones que se tienen en cuanto a que son personas de derechos y por 24 alguna razón en su contexto ya sea social o familiar se le vulneran sus derechos y estos deben ser puestos en una medida de protección inmediata, asegurando de esta manera que se le restituyan sus derechos. Método. El método propuesto para este trabajo es el inductivo, ya que éste se construye de lo particular a lo general y propone que “para obtener conocimiento es imprescindible observar la naturaleza, reunir datos particulares y hacer generalizaciones a partir de ellos” (Rodríguez y Pérez, 2017, p. 10). Por ende, este método permite, desde diversas técnicas e instrumentos, como la entrevista y el cuestionario, que permitan conocer algunas de las causas por las cuales se les vulneran los derechos a los NNA ,siendo fundamental investigar sobre estos procesos, de tal manera en que sea posible la formulación de hipótesis y el diseño una propuesta de intervención que aborde la problemática identificada a partir de la investigación y la observación que se realizó durante mis prácticas profesionales en el hogar de paso, determinando lo que hay en común de lo analizado de esta manera desde lo que se investigó y lo que sistematizo a partir de la práctica profesional. 25 1. Marco de referencia Unidad de análisis Categorías Intervención del Estado en la restablecimiento de los derechos en los NNA que se encuentran bajo medina de protección en hogares de paso. Tipos de observancia de derechos NNA en hogares de paso Fortalezas y debilidades de la intervención Estado a la restablecimiento de derechos Estrategias para posibilitar un mayor control del Estado en la intervención de los NNA 1.5 Técnicas e instrumentos Documentales Recopilan información acudiendo a fuentes previas, como investigaciones ajenas, libros, información en soportes diversos, y emplea instrumentos definidos según dichas fuentes, añadiendo así conocimiento a lo ya existente sobre su tema de investigación. Experimentales Parten de la reproducción, en un ambiente controlado, de los fenómenos naturales que busca estudiar, también se logra a partir de situaciones vividas. Ficha bibliográfica Corresponde a un documento breve que contiene la información clave de un texto utilizado en una investigación. Puede referirse a un artículo, libro o capítulos de este (Alas raki, 2007) 1.6 Consideraciones Éticas 1.6.1 ¿Por qué citamos y proveemos referencias bibliográficas? Algunas de las razones son: 26  Dar el debido crédito a otros investigadores e investigadoras por sus ideas y resultados de investigación.  Contribuir a que nuestros lectores puedan acceder a las fuentes que hemos utilizado.  Aportar al desarrollo de líneas investigativas.  Evitar el plagio. 1.6.1.1 Función de las citas en un trabajo investigativo Las citas cumplen una multiplicidad de propósitos cuando las integramos a nuestros trabajos. Sirven para:  Presentar ideas de autores que hemos examinado en nuestra revisión de literatura.  Explicar el desarrollo de nuestro marco conceptual.  Presentar estudios que sostienen las perspectivas que planteamos en nuestro trabajo.  Presentar puntos de vista opuestos o divergentes. Esto demuestra que el investigador tiene conocimiento del campo y está consciente de la diversidad de perspectivas que pueda haber.  Brindar contexto o trasfondo a nuestra investigación. 27 Capítulo 1 1.7 Tipos de inobservancia de derechos en los niños, niñas y adolescentes en hogares de paso 1.7.1 Niños, niñas y adolescentes en Colombia Cuando nos referimos a la sigla NNA mencionamos a los niños, niñas y adolescentes en Colombia, de acuerdo a la Ley 1098 de 2006 y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34 del Código Civil, se entiende por niño o niña, las personas entre los 0 y los 12 años de edad, y por adolescente las personas entre los 13 y los 18 años de edad, los cuales son sujetos titulares de derecho. Los NNA son entendidos como personas que cuentan con todos los derechos aglomerados y constituidos en los tratados internacionales y con las legislaciones nacionales. Debido a su condición, tienes derechos inherentes e inalienables, y al mismo tiempo, son poseedores de unos derechos específicos, enfocados a mejorar y reforzar las normas en favor de los niños, niñas y adolescentes frente a todas las normas otorgadas a los seres humanos en general. Dichas normas se asemejan a los cuidados parentales, cuidados alimenticios, entre otros, haciendo entonces que se conciba a los menores como sujetos en proceso de formación, lo que explica su protección prioritaria. El principal marco normativo internacional que orienta las acciones de Colombia y de los 190 países que la firmaron en 1989, es la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, la cual fue ratificada en el país por medio de la Ley 12 de 1991. Desde entonces, el Estado Colombiano viene realizando importantes esfuerzos para garantizar y hacer efectivos los derechos consagrados en los instrumentos internacionales y en la Carta Política. Esta, se ha convertido en un marco orientador de las políticas y programas nacionales y territoriales. (Departamento Nacional de Planeación, 2022, p.5) A nivel nacional, el marco que orienta las acciones de política es la Constitución de 1991, que introduce una revaloración de los niños, niñas y adolescentes. Los artículos 44 y 45, consagran https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-social/políticas-sociales-transversales/Paginas/infancia-y-adolescencia.aspx http://www2.ohchr.org/spanish/law/crc.htm https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-social/políticas-sociales-transversales/Paginas/infancia-y-adolescencia.aspx 28 sus derechos fundamentales, la obligación de protección y asistencia en cabeza del Estado, la sociedad y la familia y la prevalencia de sus derechos sobre los derechos de los demás. Igualmente, el Código de la Infancia y la Adolescencia Ley 1098 de 2006, contempla la garantía de los derechos y libertades consagrados en distintos instrumentos como la Declaración de Derechos Humanos, la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. A su vez, mediante la Ley 1295 de 2009 se reglamenta la atención integral de los niños y las niñas de la primera infancia de los sectores clasificados como 1, 2 y 3 del Sisbén. Dado lo anterior, se conjugan los esfuerzos tanto en el ámbito de las entidades públicas, como de las no gubernamentales, la academia, los organismos de cooperación internacional, entre otros, frente a los cuales se promueve la conjunción y articulación de las acciones sectoriales en beneficio de la atención integral a este grupo poblacional (Departamento Nacional de Planeación, 2022, p. 2) Comprender que los derechos de los NNA son sujetos que requieren de una especial protección, no solo de manera constitucional, sino de manera general, donde toda la sociedad debe actuar en pro de su cuidado y bienestar, permite tener una concepción clara y específica del porque los y las menores necesitan y además, deben crecer en entornos sanos, amorosos y empáticos con sus procesos de desarrollo, claramente este especio debería ser un hogar en donde de manera integral se les brinde a los NNA un espacio tranquilo y apto para crecimiento, en el cual su familia esté dispuesta a atender y suplir todas sus necesidades, por lo cual: La protección a los niños, niñas y adolescentes, radica en que esta es necesaria para lograr que desarrollen todo su potencial en beneficio de la sociedad, por lo tanto, desde su nacimiento se debe garantizar que sobrevivan en un ambiente sano, amoroso y equitativo, siendo o https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-social/políticas-sociales-transversales/Paginas/infancia-y-adolescencia.aspx https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-social/políticas-sociales-transversales/Paginas/infancia-y-adolescencia.aspx 29 responsable de ello la familia, pero también la sociedad y el Estado, en virtud de la corresponsabilidad que se les exige (Daza, 2018, p. 79). Sin embargo, este ideal se ve afectado por diversos contextos sociales, culturales, económicos y políticos que no permiten que los y las menores crezcan en espacios y condiciones aptas para ellos, siendo esto una situación que le compete al Estado y a las instituciones pertinentes intervenir para que de esta manera sea posible brindar hogares provisionales capaces de ofrecer las condiciones requeridas para su total desarrollo, por lo cual: Se parte de considerar que este grupo poblacional (NNA) requiere especial atención porque se encuentran en situación propensa a que se le vulneren sus derechos, así como también se considera que se debe acompañar el proceso de crecimiento para que puedan tomar decisiones adecuadas para su vida, siguiendo el camino de la adquisición progresiva de capacidad (Daza, 2018, p. 81). Estos procesos de acompañamiento los deben liderar personas capaces de intervenir situaciones diversas que han vivido los NNA con inobservancia de derechos, en donde lugares como los hogares de paso deben contar con personas capacitadas en todo lo relacionado con el restablecimiento de derechos, ya que tener desconocimiento de estos procesos genera que haya una nueva situación de vulneración, pues al no brindar espacios adecuados para su desarrollo, donde no exista un trato respetuoso, donde no se construye una relación de empatía por la situación de cada NNA que allí no habita se estaría revictimizando al menor en cuestión. Inobservancia de derechos. Para Identificar los tipos de inobservancia la clasificación de hogares de paso y sus medidas para las diferentes vulneraciones de derechos de los niños, niñas y adolescentes en Colombia, es necesario tomar como unidad de análisis, los tipos de inobservancia de derechos, para lograr identificar cuando a un niño, niña o adolescente se le están violentado sus derechos. Teniendo en 30 cuenta que, en este contexto, los sujetos se enfrentan a procesos de desvinculación y adaptación en periodos cortos que pueden significar cambios contundentes en relación a la forma en cómo perciben la vida y la forma de vivirla, Rodríguez (2017), Todas las personas tenemos unos derechos por los cuales debemos de velar y para que se cumplan y se defiendan a cabalidad los derechos de los seres humanos, se crearon diferentes grupos, entidades y organizaciones encargadas del correcto funcionamiento. Pero, aun así, a lo largo del tiempo, se observa una gran cantidad de derechos que día a día son vulnerados y arrebatados, presentándose principalmente en todo tipo de personas influenciadas de factores determinantes como: el desconocimiento, el menosprecio, el abuso y el aprovechamiento de sus derechos, originando actos de inobservancia en los derechos humanos. (p.28.) Es importante reconocer a los NNA no solo como prioridad de toda la población, si no, parte de una sociedad constructora, con visión y sed de desarrollo, Rodríguez (2017) se refiere a la importancia de las etapas en las diferentes edades y nos dice que Los NNA menores de 18 años de edad se encuentran en etapas en las que el ser humano necesita mucha atención y cuidado, esta pertenece al 41.5% de la población colombiana, a quienes se reconoce como sujetos titulares de derechos por parte de la Convención de los Derechos del Niño. (p.10.) Estas personas menores de edad son uno de los grupos más desfavorecidos en cuanto a los derechos humanos, ya sea por su corta edad, su inocencia, desconocimiento de sus derechos, falta de experiencia o falta de información. Por esta razón, a menudo los niños y niñas viven situaciones de necesidad que requieren pronta asistencia y protección. La constitución política de Colombia de 1997, en su Artículo 44, establece expresamente que los derechos de los NNA son derechos fundamentales y prevalecen sobre los derechos de los demás (Constitución política de Colombia,1991). 31 Los NNA que están con alta permanencia en la calle no cuentan con la seguridad alimenticia, la sociedad debe brindar prioridad sobre estos, es importante comprometernos con la niñez de Colombia y dejar de normalizar asuntos como la violencia, el maltrato físico y psicológico, para entender cuando sus derechos están siendo vulnerados, se mencionan algunos estadistas referentes a como esta Colombia con la niñez, mencionan que Una de esas tensiones internas en nuestro país es el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes. Según el Observatorio de Niñez y Conflicto Armado de la Coaligo (2020), entre enero y diciembre de 2020 se registraron 79 eventos que afectaron a por lo menos a 222 niños, mientras que en 2019 fueron 67 eventos que afectaron a 200 niños. Los departamentos con el mayor número de eventos fueron Antioquia (16), Chocó (9), Nariño (7) y Valle del Cauca (7), En 2019 se reportaron 44 eventos que afectaron a por lo menos 3.500 niños, mientras que en 2020 se identificaron 45 eventos con una afectación directa a por lo menos 5.742 menores de edad. Es decir, 2.242 víctimas más. (El Tiempo, 2021, párrafo 2) De acuerdo a lo que se ha venido investigando, se ha encontrado que la infancia y la adolescencia son dos etapas fundamentales en la formación integral del ser humano, en donde prima la protección y garantía de los derechos de todos los NNA, siendo responsabilidad de la familia, del Estado y de la sociedad en general el cuidado de los y las menores. Sin embargo, a pesar de que constitucionalmente se le da relevancia a esta población, la sociedad ha demostrado no estar preparada para encargarse de los NNA, pues cotidianamente se evidencias casos de maltrato, abandono, violencia y demás vulneraciones que generan en los niños y niñas problemas psicológicos, de comportamiento e incluso la muerte de los mismos, en donde condiciones como: La pobreza, inequidad y exclusión son factores que disminuyen las capacidades de las familias e inciden en la violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en contextos familiares y sociales. Dichas condiciones producen cambios en la cohesión y estructura familiar, que puede https://www.eltiempo.com/justicia/conflicto-y-narcotrafico/reclutamiento-forzado-de-ninos-en-colombia-cifras-situacion-y-victimarios-573208 32 llevar a la desintegración familiar y al debilitamiento de los vínculos que se deben establecer para asegurar la protección integral de niños, niñas y adolescentes (Durán y Valoyes, 2009, p. 764). Dicha protección integral se basa en un conjunto de acciones que deben estar dirigidas a mantener la dignidad y el bienestar de cada uno de los NNA que habitan el territorio colombiano, sin embargo, el alto índice de embarazos adolescentes, de madres solteras y de familias incapaces de educar y mantener una crianza respetuosa, ha generado que los derechos de los NNA se vulneren cada vez con mayor incidencia, lo cual ha conllevado a que “Los principales motivos de consulta e ingreso a los programas del ICBF dentro del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, son el maltrato y la inobservancia de derechos por condiciones especiales de los cuidadores” (Durán y Valoyes, 2009, p. 777). Lo anterior, demuestra que es desde el mismo hogar de los y las menores en donde sus derechos se ven más violentados. Pese a que el ICBF es el encargado de proteger y restablecer los derechos de los NNA nos siempre se realizan estos procesos de manera adecuada pues en entidades como lo son los hogares de paso, también se vivencian temas de vulneración, pues: Aunque se les restituyen sus derechos básicos hay otros derechos que no son tan fáciles de garantizar porque en estos centros la cantidad de niños y niñas no permite seguir cada caso con la atención que se merece, se tiende a ofrecer lo mismo a todos los niños sabiendo que cada caso es diferente. (funcionaria institución estatal) (Durán y Valoyes, 2009, p. 779). Este testimonio permite comprender que no todos los casos que llegan a entidades como el ICBF son atendidos con el cuidado que se merecen, entendiendo que de alguna manera si se está presentando una inobservancia de derechos en los menores, pues al estar aislados se les está privando de vivir otro tipo de experiencias fundamentales para su adecuado desarrollo, es decir: 33 En las instituciones de protección, los niños, niñas y adolescentes si bien reciben atención, están con frecuencia privados de otras experiencias de socialización fuera de la institución. Muchos de ellos, tienen dificultades para adaptarse. Algunos de los efectos y riesgos producto del abandono y de la pérdida de vínculo familiar en niños y niñas institucionalizados señalados por ellos mismos en los talleres son: Sentimiento profundo de soledad, sentimientos de incomprensión, aislamiento de la sociedad en general, desarraigo, incertidumbre frente a su futuro al no saber quién los va a apoyar, proteger o acompañar, rechazo, afectaciones psicológicas por la muerte de los padres y baja autoestima (Durán y Valoyes, 2009, p. 779). Todos estos sentimientos expresados por los NNA institucionalizados son de alguna manera normales en su proceso, sin embargo, es importante analizar la manera en que se están abordando desde lo profesional para ayudarlos a superar todas estas dificultades emocionales por la que atraviesan de acuerdo a la situación de cada niño, ya que no hacerlo de manera adecuada se denomina como inobservancia de derechos La inobservancia de los derechos de los NNA, se convierte en un tema que aunque muchos hablan, pocos analizan, teniendo en cuenta que a la información que se puede acceder sobre esto, es una información reducida que disminuye la probabilidad de acercarse a una realidad que vulnera desde la institucionalidad, la calidad de vida de la niñez y la adolescentes, entendiendo que si se hace un acercamiento detallado con los sujetos que pertenecen a alguna modalidad de protección, será posible encontrar “contradicciones entre los términos de ley y el tiempo de permanencia de niñas, niñas y adolescentes en este, también falencias en la interdisciplinariedad que exige la norma, y falta de escucha a ellas y ellos (Serna, 2022, p.68). 34 Lo que pone en evidencia que existen muchos asuntos por fortalecer desde la normatividad que se da desde instituciones como el ICBF, que de una u otra forma tiene un mandato descentralizado, lo que complica el cumplimiento de dicha normativa y aumenta la probabilidad de que haya un trabajo interdisciplinario enfocado al logro de objetivos administrativos y no al alcance de la filosofía humana de dichas instituciones que deben garantizar el derecho de los niños, niñas y adolescentes, comprendiendo que Serna et al (2022) comenta que los jóvenes entrevistados señalaron que: En estas instituciones prima el autoritarismo y la rigidez en la aplicación de las normas. Además, sostienen que hay limitaciones para participar en diferentes espacios de ciudad -fuera de la institución necesarios para su bienestar y el restablecimiento de sus derechos, tales como: grupos juveniles, instituciones educativas regulares, escenarios artísticos y deportivos, espacios de socialización en el barrio, entre otros. (p.71) Una realidad que debe ser investigada, intervenida y transformada para que se puedan garantizar realmente los derechos y para que los NNA no sean vistos simplemente como sujetos que requieren una ayuda, que muchas veces se supone este tipo de ayuda y se da una intervención generalizada para casos que requieren de una atención prioritaria. 35 1.7.1.1.1 Hogares de paso. A su vez, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ha coordinado el proceso de construcción de políticas dirigidas a los niños, niñas y adolescentes en los diferentes momentos de su ciclo vital, y a la ejecución de los programas de prevención, atención y protección de los mismos 1.7.1.1.2 Desde el artículo 57 de la Ley 1098 del 2006, establece el hogar de Paso como la medida de ubicación inmediata y provisional para un niño, niña o adolescente, cuando no aparecen sus padres, parientes o personas responsables de su cuidado y atención. Así mismo, en su artículo 58, hace referencia a la Red de Hogares de Paso, entendida como El grupo de familias registradas en el programa de protección de los niños, niñas y adolescentes, que están dispuestas a acogerlos de manera voluntaria en ambientes familiares propicios para su desarrollo donde se les brinde el cuidado y atención requeridos para el ejercicio y garantía de sus derechos. (ICBF, 2006, p.2). Teniendo en cuenta, las situaciones de inobservanciaque se presentan en la vida de NNA que llegan a los hogares, es importante resaltar que estas condiciones comienzan a determinar el trato dentro de dichas estancias, puesto que muchas instituciones no tienen una mirada holística para prestar los servicios adecuados y con empatía que logren garantizar de forma exitosa la protección a los menores que llegan por situaciones complejas, es por esto que Barrios y Hernández (2020) afirman que: La restablecimiento de derechos, la internación de NNA en instituciones 24 horas implica una inobservancia de otros derechos, producida por la propia institucionalización. Entre ellos se destaca la separación de NNA de sus padres en el 100% de los casos, separación de hermanos/as por sexo y edad en distintos centros en el 67% de los casos y abuso y/o maltrato o autolesiones en el 9% de los casos. Además, se desestima trabajar con su familia de origen, https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_1098_2006.htm#58 36 apreciándose una clara apuesta por otras alternativas. Del total de casos analizados, en el 13% de ellos se priorizó trabajar con familia extensa, generalmente abuelos o tíos, mientras que en el 39% de los casos se priorizó trabajar con familia amiga, sin vínculo sanguíneo. En tanto, en el resto de las situaciones se apostó a trabajar solamente dentro del sistema de protección 24 horas sin apelar a tipo de vinculación familiar. (p.131) Los efectos psicológicos y emocionales que se tienen al cambiar una realidad y por lo general, solo se tiene en cuenta lo que los lineamientos institucionales consideran como “bueno” o adecuado para quienes ingresan a este tipo de modalidad Es importante la caracterización de los niños, niñas y adolescentes, que ingresan a los Hogares de Paso con sus derechos vulnerados (maltrato físico o verbal, posible abuso sexual, explotación sexual o laboral, extraviados o abandonados etc.), ya que la convención sobre los derechos de los niños, se dispone como un mecanismo a nivel internacional que relaciona todos los derechos humanos de los cuales deben gozar todas las personas (Arroyave y Gutiérrez 2020 p.10). Se debe dictar medidas y principios básicos que todo gobierno debe garantizar a la población, fundamentalmente, la infantil y adolescente de país, para garantizar y proteger sus derechos, toda vez que dicha población es considerada como una de las más vulnerables. Entender que el Estado y el Sistema de Bienestar Familiar, de una u otra forma trabajan de forma descentralizada, permite analizar que muchos de los lineamientos que se supone que se deben de tener en cuenta para atender a NNA y garantizar sus derechos, de una u otra forma, se han vulnerado y se ha aplazado la filosofía de lo que se busca con las instituciones prestadoras de servicio respecto a lo que es el cuidado de los niños, niñas y adolescentes, que se convierte en una realidad distinta que posibilita enmarcar una nueva perspectiva en cuanto a las dinámicas que se están llevando a cabo y que de alguna forma, están teniendo un enfoque más administrativo que social y garante de la protección, 37 que aunque se intenta cumplir, en muchas ocasiones, las cargas y los reprocesos, hacen que esta prioridad se atienda de forma acelerada y no detallada, entendiendo además, que se incurre constantemente en faltas que no se visualizan con facilidad, se normalizan, retrasan los procesos de atención y se vuelven situaciones constantes que no se priorizan para mejorar los procesos, es por esto que Durán (2011), afirma que: Las condiciones logísticas en las cuales se desarrollan las labores de protección en el centro zonal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, son un indicador de la poca prioridad que tienen los temas de infancia dentro de la agenda pública del Estado. Los equipos de profesionales no cuentan con condiciones adecuadas para llevar a cabo un trabajo apropiado, tales como equipos de computador, medios de transporte, recursos económicos, etc. La capacidad administrativa de los centros zonales del Instituto es pobre; ellos son ejecutores de presupuestos insuficientes, asignados desde el nivel nacional. (p. 554) Pensar en restablecimiento de derechos, hogares de paso, hogares sustitutos y demás modalidades como un hogar para los niños, niñas y adolescentes, puede dar la posibilidad de que estos lugares se visualicen como espacios de sustitución de la familia. Sin embargo, es necesario aclarar que realmente hay muchos factores que hacen que este proceso no se enfoque tanto en lo familiar y se realicen objetivos netamente administrativos, entendiendo que hay ciertas directrices que no permiten que haya vinculaciones por parte de los NNA y los profesionales que atienden en estos espacios, es por esto que, Sánchez et al. (2019) afirma que: El personal que atiende las necesidades de los NNA en el restablecimiento de sus derechos, no puede asimilarse a las figuras familiares. Además, la creación de lazos afectivos con los NNA dentro de una institución de protección es entorpecida por el número de los mismos, la rotación del personal, la duración de la institucionalización, la falta de celeridad en los procesos administrativos, entre otros. (p.199) 38 Por lo que es importante que, dentro de estos procesos, se logre hacer un enfoque en la importancia de la vinculación de estos NNA con sus familias de origen o en caso tal, hacer procesos en donde más que el restablecimiento de sus derechos, se aborde el tema de la seguridad afectiva, que, sin duda alguna, es una necesidad que los profesionales no pueden solventar y que muchas veces los cuidadores no saben asumir. De este modo, Sánchez et al. (2019), comenta que: Los profesionales y cuidadores reconocen que dentro de las necesidades de los niños institucionalizados hay un pedido de afecto, fundamental para su constitución como seres humanos, que no aparece dentro del procedimiento porque es un pedido usualmente adherido al espacio familiar. Por lo tanto, en la práctica diaria de profesionales y cuidadores aparece una tensión entre los pedidos institucionales y los pedidos de los niños, lo que entorpece el establecimiento de relaciones de confianza. (p.206) Una situación que pone en evidencia, la realidad de lo que viene siendo el proceso de restablecimiento de derechos y muchas de las falencias que se pueden presentar por darle prioridad a asuntos de cumplimiento administrativo que dejan de lado, asuntos de desarrollo humano 39 Capítulo 2 1.8 Fortalezas y debilidades de la intervención del Estado en la restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes 1.8.1 Fortalezas El Estado Colombiano es una forma de organización política que cuenta con poder administrativo y soberano. Esta organización política se constituye en un determinado territorio y tiene el poder de ordenar y administrar la vida en sociedad. El Estado entonces es quien garantiza el respeto irrestricto de las normas del derecho internacional humanitario en favor de los NNA, y debe de asegurar los recursos, los medios y mecanismos para que se reintegren a la vida social con la plenitud de sus derechos y deberes en los casos donde haya una vulneración de derechos. ‘Dentro de las obligaciones del Estado está justamente la de asegurar la protección y el efectivo restablecimiento de los derechos que han sido vulnerados” (Torres-Melo, 2013, p.32). Se busca identificar entonces, cuáles son esos mecanismos de prevención a la vulneración social y restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que están consagrados en el capítulo segundo, a partir de los artículos 50 al 61 de la Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia. Estos mecanismos de protección se hacen efectivos en las audiencias de conciliación y durante el desarrollo del Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, para el cual pueden ser competentes, los defensores de familia, los comisarios de familia o en su defecto, los inspectores de policía. 40 Recordemos que el Estado tiene como parte de su equipo para el restablecimiento de derechos de todos los NNA en Colombia al ICBF, El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) es la entidad del Estado colombiano que trabaja por la prevención y protección integral de la primera infancia, infancia y adolescencia, el fortalecimiento de los jóvenes y las familias en Colombia, brindando atención especialmente a aquellos en condiciones de amenaza, inobservancia o vulneración de sus derechos, llegando a cerca de 3 millones de colombianos con sus programas, estrategias y servicios de atención con 33 sedes regionales y 215 centros zonales en todo el país. (Instituto Colombiano de de Bienestar Familiar, 2019, p.1) Las normas de protección de la niñez tienen origen en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana. Su desarrollo obedece a las consideraciones de que todo niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, inclusive la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento, es por ellos que el Estado debe de establecer medidas de protección inmediata, Estas medidas pueden ser provisionales o definitivas, y deberán ser proporcionales con el derecho amenazado o vulnerado, garantizando, en primer término, el derecho del menor de edad a permanecer en el medio familiar siempre y cuando éste sea garante de sus derechos. (ICBF, 2019, p.34). Los derechos de los niños, niñas y adolescentes se encuentra protegido en la Constitución Política de 1991 en su Artículo 44, el cual determina el derecho y obligación del Estado, la familia y la sociedad salvaguardar a los menores en defensa de sus derechos y también a tener una familia y no ser separados de ella, protección contra el abandono, violencia, abuso sexual, 41 explotación laboral, entre otros, el cual establece el principio de interés superior teniendo prevalencia sobre los derechos de los demás, siendo una obligación constitucional velar por los derechos de los niños. La Ley 1098 del 2006 - Código de la Infancia y la Adolescencia, reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos titulares de derechos, consagrados no solo en la Constitución y la Ley, sino en los Tratados Internacionales, derechos que deben atenderse sin discriminación alguna, entre ellos que se defina su filiación, se respete la vida, se provean las condiciones necesarias para su supervivencia y se brinde la protección, cuidado, amor y asistencia necesaria. En ejercicio del restablecimiento, las autoridades deberán surtir una serie de procedimientos tendientes a garantizar el cumplimiento de cada uno de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y se procederá a tomar las medidas pertinentes (Artículos, 51, 52, 53 del Código de la Infancia y la Adolescencia) (Instituto Colombiano de de Bienestar Familiar, 2019, p. 22) El ICBF realiza la atención de los niños en los servicios de Seminternado, Externado, Intervención de apoyo, Internado, Hogar Sustituto (también se le conoce como Madres sustitutas) y Centros de Emergencia (u Hogares de Paso); así mismo, cuenta con los siguientes servicios: Hogares FAMI, Hogares Comunitarios de Bienestar, Hogares Infantiles, Jardines Comunitarios, Atención a niños Sordos y apoyos especiales a Lactantes, Preescolares y Maternas. Seminternado. Consiste en una jornada de atención integral de 8 horas diarias; los beneficiarios de este servicio viven con sus propias familias y asisten a las jornadas diarias que ofrece la modalidad, a través de una entidad prestadora del servicio. Se promueve aquí la vinculación de https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_1098_2006.htm#51 https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_1098_2006.htm#52 https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_1098_2006.htm#53 42 los niños, niñas y adolescentes a la educación, como derecho fundamental; al hacerlo, se pasa al servicio de externado que se desarrolla en las jornadas alternas a las académicas. Externado. Servicio de protección integral en el medio familiar que consiste en una jornada de atención integral de 4 horas diarias alternada a la jornada escolar. Intervención de Apoyo. Servicio de atención ambulatorio que se ofrece a niños, niñas, adolescentes y sus familias, hasta 10 sesiones al mes, y se configura como un proceso de apoyo y orientación psicológica y familiar que puede desarrollarse a nivel individual, con la red familiar o con personas significativas; pueden ser de naturaleza muy variada dependiendo de las necesidades de apoyo de cada niño y de sus familias. La Ley 1098, en su Artículo 52, se haya establecido la vulneración de derecho de algún NNA proceda su ubicación en Hogar de paso (Articulo 51.52-53 Ley 1098 de infancia). Su recepción es permanente durante las 24 horas, siete días de la semana, para cuidar y proteger niños, niñas y adolescentes durante su permanecía, garantizándoles sus derechos. La permanencia de un niño, niña o joven no puede exceder de 10 días hábiles, tiempo en el cual la autoridad competente deberá determinar: reintegro a la familia, ubicación en Hogar sustituto o remisión a un programa de atención especializada institucional bajo la modalidad de internado. Hogar Sustituto. Consiste en la ubicación del beneficiario en un hogar, donde una familia o madre transitoria vela por el cuidado del menor durante 24 horas al día y en donde se garantiza su reintegro al medio familiar, o se declara la medida de adoptabilidad, con lo cual deberá permanecer con esta familia hasta que se viabilice su adopción, o en su defecto, hasta que cumpla la mayoría de edad (momento en el cual el ICBF egresa al menor y corta con el sustento económico y la manutención que le proporcionaba). (ICBF,2007, p.25). 43 En ejercicio del restablecimiento, las autoridades deberán entonces de surtir una serie de procedimientos tendientes a garantizar el cumplimiento de cada uno de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y se procederá a tomar las medidas pertinentes, en el sentido de verificar la garantía de los derechos con exámenes que comprenden la realización de un estudio sobre aspectos como: 1. El Estado de salud física y psicológica. 2. Estado de nutrición y vacunación. 3. La inscripción en el registro civil de nacimiento. 4. La ubicación de la familia de origen. 5. El Estudio del entorno familiar y la identificación tanto de elementos protectores como de riesgo para la vigencia de los derechos. 6. La vinculación al sistema de salud y seguridad social. 7. La vinculación al sistema educativo. Debilidades. La Atención del Sistema de Protección y Atención al Menor del ICBF Aunque es indudable el avance que se ha logrado, por lo menos a nivel legal, de organización y de asignación de recursos, vale la pena realizar una mirada crítica no solo al sistema del ICBF, sino también a la situación social que ha generado el ingreso de los menores a sus servicios. Para empezar, es fundamental tener en cuenta que las poblaciones que ingresan al sistema de protección son altamente vulnerables y, por ende, cambian permanentemente; esto haría 44 necesario que de manera continua se diagnosticaran los factores psico-sociales y demográficos de los usuarios. Contexto y cambios de comportamiento. Debemos también ser muy críticos en los procesos que les competen también al Estado. Los organismos que representan al Estado no deberían limitarse al cumplimiento de la ley, sino manifestar un auténtico interés por su aplicación situacional, es decir, pasar del mero formalismo del informe o la consulta a un interés real por lo que tienen que decir. Así mismo, deben reconocer las perspectivas propias de los niños frente a los procesos, así como a las situaciones que desencadenan uno u otro comportamiento. No contar con procedimientos a los que se tenga acceso permanente que permita cuestionar o reclamar las decisiones de los funcionarios, deja a los niños atados a las condiciones que los afectan. Como ahora vivimos es consecuencia de haber roto la promesa implícita de cuidarnos los unos a los otros. El abuso y la vulneración de los Derechos en los niños y niñas es un tema que por sus múltiples factores como: La pobreza, la falta de educación, problemas familiares, la religión, discriminación de raza y género, afecta a todos y cada uno de los ciudadanos, comenzando principalmente por los menores de edad, pasando a su familia y así mismo representándose como un problema social, ya que después de establecer las normas para la protección de los Derechos de los niños y las niñas, no solo el Estado, si no la familia y la sociedad en general, deben garantizar y proteger los Derechos y libertades consagrados en la constitución, Robert Dahl, (2018), hace un llamado refiriéndose a los niños como, “ellos no pueden ser ciudadanos plenos ya que por su poca experiencia de vida e inmadurez no pueden juzgar adecuadamente sus intereses y bienestar propio sin un tutor o guía, impidiéndoles ejercer con toda responsabilidad la plena ciudadanía”. (p.103) 45 La vulneración de los derechos de los NNA es una problemática que se viene abordando debido a la magnitud de casos en los que se presenta la desprotección de los y las menores, en territorios con bajos niveles socioeconómicos se presenta con mayor continuidad situaciones en las cuales hay NNA maltratados y vulnerados, entendiendo que, si bien existen diversas causas, es fundamental que el Estado se apropie de la situación, atienda y proteja a cada uno de estos NNA, ya que: El respeto de los derechos de los niños y niñas, se debería constituir como una acción total del Estado, en la cual se establezcan programas verdaderos que conduzcan al fomento de políticas públicas, en las que se abarque no sólo la legislación sino también el presupuesto y las relaciones sociales cotidianas. Sin embargo, prácticamente en todos los países, y Colombia no es la excepción, es más importante pagar la deuda con la banca internacional, que la deuda acumulada con nuestros niños (Salcedo, 2022, párr. 11). Esta deuda se trata precisamente del abandono y poca atención que se les ha prestado a los NNA, donde se ignora o normalizan las situaciones de maltrato justificándolos en enseñanzas y modalidades de crianza que realmente lo único que generan son NNA con traumas y una salud mental deteriorada, sea porque en su familia no hay garantías de protección y calidad de vida o porque en los hogares de paso no hay personal que aporte al mejoramiento de la situación de cada menor, en este sentido: la problemática cotidiana en Colombia, muestra que niños y niñas no son vistos por los adultos como sujetos de derecho y, por el contrario, con alta frecuencia sus derechos son vulnerados, tanto en la vida familiar, como en la vida social. Son ellos quienes más se ven afectados por la exclusión social, la pobreza, la violencia, las guerras y otras duras realidades que viven el país y 46 el mundo. En Antioquia, los casos más frecuentes en los que se violan los derechos de la niñez se presentan cuando ocurren el maltrato y la violencia intrafamiliar, la explotación y el abuso sexual, la presencia de limitaciones especiales, el trabajo infantil, el conflicto armado, el desplazamiento forzado y la vinculación de niños, niñas y adolescentes a los grupos armados (Salcedo, 2022, pp. 4-5). Los cambios de comportamientos que de una u otra forma determinan muchas de las decisiones y actuaciones que como seres humanos tomamos a lo largo de la vida, generan todas aquellas emociones y en general las formas de actuar del ser humano, y mucho más si se tiene en cuenta que en este contexto, los sujetos se enfrentan a procesos de desvinculación y adaptación en periodos cortos que pueden significar cambios contundentes en relación a la forma en cómo perciben la vida y la forma de vivirla, entendiendo que el comportamiento “es un proceso estrictamente físico, registrable y verificable, que consiste, precisamente, en ser la actividad por la que un ser vivo mantiene y desarrolla su vida en relación con su ambiente, respondiendo a él y modificándolo” (Galarsi et al., 2011, p. 99). Por lo tanto, muchos de los cambios comportamentales que se pueden presentar en los NNA estarán determinados por las experiencias e incluso por la percepción que cada uno de ellos tenga en el momento de vivir el acontecimiento que lo ha llevado a estar en protección, resaltando que según el ICBF (2019): Los cambios en los comportamientos de las niñas, niños y adolescentes pueden estar vinculados con su etapa de crecimiento y desarrollo socioemocional. Estos cambios se relacionan directamente con las transiciones que experimentan a lo largo de su ciclo vital en el tránsito por la primera infancia, la pubertad y, luego, por la adolescencia generan transformaciones 47 significativas es sus necesidades, actitudes, intereses, gustos, expectativas y búsquedas de identidad. (párr. 2) Estos derechos vulnerados demuestran que los y las menores no viven en condiciones en las cuales se garanticen su calidad de vida y bienestar, ya que constantemente son utilizados para fines lucrativos por parte de sus padres o familiares cercanos, esto manifiesta un llamado urgente al Estado para que atienda estas situaciones y ponga un alto en estas dinámicas que no posibilitan que los NNA tengan calidad de vida y tengan un desarrollo integral. Mientras el Bienestar Familiar continúe planeando las políticas de intervención sin solicitar a las instituciones que aporten ideas, modelos de atención, sugerencias y observaciones frente al deber ser y las realidades de los usuarios, se mantendrá una brecha insuperable entre la teoría y la práctica. Mantener la creencia de que los expertos en los modelos conceptuales son quienes tienen la directriz ideal para responder a las necesidades de los usuarios, continuará estancando a las instituciones prestadoras de servicio que facilitan los procesos que se intentan mejorar. Retraso Escolar. La mayoría de los menores que son vinculados al sistema de protección, precisamente por la disfuncionalidad de sus familias, tienen elevados niveles de atraso escolar. Muchas de ellas llegan sin los procesos de lectura y escritura, con edad avanzada que hace disfuncional vincularlas a un aula regular. Muchas de ellas requieren atención especializada para adaptarse a las largas jornadas de la educación regular; muchas requieren también de rehabilitación por dificultades de aprendizaje o cognitivas. Esto sugiere que el modelo de intervención a nivel académico debe ser estructurado de acuerdo a las necesidades de los usuarios, facilitando el ingreso a procesos de validación y nivelación escolar. 48 1.8.2 Egreso por mayoría de edad. Una de las principales dificultades de los menores que llegan al sistema cerca de los 18 años, es decir entre 16 y los 17 años y medio, es la imposibilidad de realizar un proceso adecuado que permita la superación de los eventos traumáticos que han padecido. Los usuarios que alcanzan a cumplir un periodo adecuado de permanencia pueden esbozar su proyecto de vida y elaborar, gracias a la intervención psicológica y psicosocial, algunas de las dificultades vividas en su pasado; sin embargo, la pregunta clave es si están preparados para asumir la vida solos, dado que una vez llegan a los 18 años el ICBF emite la boleta de egreso, con lo cual corta con la ayuda económica y finaliza con toda ayuda que el adolescente viene recibiendo. 1.8.3 La ubicación de menores por abuso sexual. Es cotidiano que, en casos de acceso carnal violento, acoso sexual, tocamientos abusivos, entre otros, sea el agredido quien debe ser privado de su libertad y ser recluido en los internados, mientras el abusador continúa su vida impunemente y, cuando son capturados, las penas son irrisorias en comparación con el daño causado, los NNA no deberían ser quienes tengan que ser reubicación de su residencia y pasar por experiencias que puedan dificultar más la residencia del mismo. Todo esto pone en evidencia que la atención de estos procesos que determinan al mismo tiempo parte de la funcionalidad social, realmente carece de rigurosidad, personal y calidad para mejorar los procedimientos que se llevan a cabo en las etapas de la niñez y la adolescencia, anotando que no solo es un asunto de estas etapas, sino que es una desorientación familiar y unos desacatos de tiempo que, en vez de garantizar los derechos, generan que estos se vulneren con más frecuencia. Añadiendo a esto que, por ejemplo: Es cotidiano que, en casos de acceso carnal violento, acoso sexual, tocamientos abusivos, entre otros, sea el agredido quien debe ser privado de su libertad y ser recluido en los internados, mientras el abusador continúa su vida impunemente y, cuando son capturados, las penas son irrisorias en comparación con el daño causado. (Adams, 2010, p. 88) 49 Una situación que hace notable, la ineficiencia en la seguridad de los menores y en el aseguramiento de una calidad de vida desde la fraternidad, ya que muchas veces, es más doloroso el proceso de separación familiar que se vive en estas situaciones, que la misma situación de abuso, analizando que hay diversos procesos que se llevan a la inversa y que en vez de sancionar a los adultos por incidir en un desacato a la ley. 50 Capítulo 3 1.9 Estrategias para posibilitar un mayor control del Estado en la intervención de los niños, niñas y adolescentes 1.9.1 Estado Luego de lo esbozado anteriormente, que a pesar de los importantes avances con los que se cuentan y recursos significativos por los que se trabajan, con políticas e instituciones que garanticen la restitución de los derechos de los menores, la intervención estatal requiere retroalimentación permanentemente, para no terminar siendo soluciones tan cortas y poco eficaces, donde se evidencia significativamente que se repiten situaciones que generan el ingreso a protección de los NNA con numero significativos que al final le cobran un sinfín de desafíos y problemáticas al país, a) El Estado debe entonces de generar convenios que faciliten y agilicen la atención de esta población especial en los servicios de salud que brinda el Estado. b) Realizar evaluaciones y supervisiones dirigidas al empoderamiento, cualificación y favorecimiento de los procesos de mejoramiento en la calidad de la atención, tenido en cuenta entidades como las comisarías de familia, defensorías, ICBF y sus respectivas instituciones. c) Exigir, dentro de las instituciones el uso adecuado de las instituciones públicas que faciliten la restitución de derechos de los NNA, como lo son las instituciones educativas, salud, recreativas, con el fin de promover una mejor calidad de vida para todos. 51 d) Crear y establecer políticas públicas que obligue a las instituciones a tener control sobre los procesos que se tienen con la restitución de derechos de los NNA. e) Promover y prevenir los casos de vulneración de derechos de los NNA desde las familias, creando programas para la convivencia, la crianza y cuidados parentales. f) Es el Estado quien debe de implementar toda aquella estrategia que facilite la prevención de la mayor cantidad de riesgos para los NNA en Colombia, además de esto mejor la calidad de evaluación y seguimiento en las instituciones aliadas como lo son el ICBF, las comisarías de familia y defensorías de derechos. 1.9.2 Familia Esto el acompañamiento por parte de padres o cuidadores durante estas etapas de la vida en donde se comienzan a dar las bases fundamentales para desarrollar la inteligencia emocional, por lo que es necesario que estas personas que se encargan de estar presentes, también tengan la capacidad de manejar sus emociones para enseñar a través del ejemplo, comprendiendo que sin duda alguna, la familia o aquellas personas con las que se tiene contacto en los primero años de vida, pueden determinar de forma contundente la manera de interpretar las situaciones y de gestionar las emociones que se presentan de forma constante y que sin un manejo de las mismas, podrían ocasionar episodios de estrés, enfermedades mentales y físicas, aclarando que: La formación de los menores de edad en el núcleo familiar es uno de los factores que más influye en el proceso de desarrollo humano; puesto que, es a temprana edad cuando se inicia el 52 proceso de adoptar conductas y a seguir pautas que poco a poco van forjando el comportamiento de la persona (Flaquer, 1998 como se citó en Suárez y Vélez, 2018, pp. 180- 181). Este comportamiento que se va forjando a temprana edad tiene gran relación además con el entorno familiar y social en el cual los NNA se desarrollan, pues las dinámicas familiares, entendidas como: El tejido de relaciones y vínculos atravesados por la colaboración, intercambio, poder y conflicto que se genera entre los miembros de la familia– padre, madre e hijos– al interior de ésta, de acuerdo a la distribución de responsabilidades en el hogar, la participación y la toma de decisiones (Gallego, 2012, p.8). Determinar las reglas e incluso la forma en cómo los NNA pueden percibir su entorno y la manera de relacionarse con el mismo, asunto que se entreteje con el contexto social de los barrios o comunas en donde habitan las familias, ya que influyen en gran parte en la formación de su personalidad, en las aspiraciones que comienzan a tener para su vida y en el camino que comienzan a trazar para la misma, sin olvidar que si bien el apoyo familiar es fundamental para el adecuado desarrollo de los niños, niñas y adolescentes, el apoyo social es un factor de gran relevancia en el momento de comprender las problemáticas que se generan en el ciclo de vida. De esta forma, es importante reconocer que la historia familiar es un factor que, en muchos de los casos, determina la razón por la cual los NNA llegan al hogar en condiciones de vulnerabilidad, por lo tanto, es fundamental comprender que la familia: 53 cumple funciones como la preparación para ocupar roles sociales, control de impulsos, valores, desarrollo de fuentes de significado como, por ejemplo, la selección de objetivos de desarrollo personal, siendo esta socialización la que permite que los niños se conviertan en miembros proactivos de la sociedad. La familia funciona como un sistema biopsicosocial que tiene como objetivo responder a las demandas sociales frente a ésta como un espacio propicio para la formación de la habilidad de relacionarse con otros, de brindar protección y afecto de tal manera que los padres están asignados al proceso de socialización (Simkin y Becerra, 2013, como se citó en Suárez y Vélez, 2018, p. 176). Así mismo, se reconoce el rol de la familia como trascendental al momento de brindar a los NNA las herramientas que les permita desenvolverse en sociedad de tal manera que tenga la capacidad de trazar un proyecto de vida de acuerdo a sus aspiraciones, entendiendo además, la importancia de aportar protección, donde la familia sea ese lugar seguro, de paz, tranquilidad y armonía, recordando además, que la familia es aquel primer contacto que los NNA tiene con la sociedad y donde sus aprendizajes, la forma de concebir el bienestar e incluso la calidad de vida, se ven permeados por las acciones que sus padres, madres y/o cuidadores ejercen de manera cotidiana, es decir: El ser humano aprende a relacionarse desde pequeño con la familia, es decir, allí se aprenden las bases para la interacción con los demás; también los estilos de vida, las formas de pensar, los valores, los hábitos, entre otros, que sirven para configurar la personalidad del individuo, que posteriormente se desenvolverá en un contexto sociocultural (Suárez y Vélez, 2018, p. 179). Por lo tanto, es preciso afirmar que, el bienestar y la calidad de vida de los niños, niñas y adolescentes está relacionado en gran medida con la historia familiar, misma que depende de las 54 particularidades de cada familia y las dinámicas que se dan dentro de ellas, en relación al establecimiento de pautas bajo las cuales se educará o formará a los NNA, ya que: en la familia interactúan factores que permitirán el bienestar de los individuos; es decir, de la forma que ella funcione dependerá en buena medida la salud mental y/o calidad de vida de sus integrantes. Las familias que contribuyen a la salud mental son aquellas que enseñan sobre las posibilidades y restricciones, además, la que empodera a sus integrantes para enfrentar los retos de la vida (Sierra, 2013, como se citó en Mazo et al., 2019, párr. 44) De acuerdo a lo anterior, es importante tener en cuenta el tipo de vínculos y las relaciones que se establecen con los miembros de su familia y con sus pares, pues como se ha venido planteando, la familia es aquel primer contacto que el niño y la niña tienen con la sociedad, por esto es importante establecer vínculos seguros. Por ello: Cuando los padres y cuidadores dan ejemplo, y ofrecen confianza y seguridad al interior de la familia, se propicia un ambiente cálido y de respeto que contribuye significativamente a la autoestima positiva, el autoconcepto, la seguridad y confianza durante la primera infancia, logrando que se valoren a sí mismos y a las demás personas. Cuando los niños y niñas se sientan valorados y amados pueden alcanzar a futuro una independencia física y emocional (Marín et al., 2019, p. 7). Es aquella independencia emocional la que se ve reforzada o construida de acuerdo a las relaciones interpersonales que construyen de acuerdo a las herramientas que se les dan en el hogar, reconociendo que “La familia es un elemento importante en el desarrollo socio afectivo del infante, debido a que desde el nacimiento los niños y niñas adquieren un contacto permanente con sus padres, cuidadores y personas más cercanas a ellos” (Marín et al., 2019, p. 6) y que es 55 allí donde se debe generar un espacio de empatía y comprensión de manera integral y colectiva, donde entre padres, madres, hijos, hijas y cuidadores tengan la posibilidad de expresar sus emociones sin temor a ser juzgados o ignorados, por ello la comunicación se convierte en un tema fundamental para construir vínculos y relaciones interpersonales basadas en el respeto por el otro y en la manera en que se comunican los mensajes, por lo cual se define como el tono emocional, a aquel que: hace referencia a la forma en que se da la comunicación y cómo son percibidos los mensajes, teniendo en cuenta el lenguaje verbal y no verbal. Por su parte, a través de la conducta, se imparte la disciplina y se inculcan los valores y las normas en los niños y niñas que son influ- yentes en sus actitudes familiares y sociales (Marín et al., 2019, p. 13). Estas actitudes sociales a las que se refiere la cita anterior, tienen que ver precisamente con esas herramientas por medio de las cuales los NNA tienen la capacidad de generar vínculos con otras personas, por lo que, si en casa no se posibilita la vinculación y la generación de lazos afectivos seguros, en donde prime el respeto, la comunicación asertiva, la empatía, la seguridad y la protección, los adolescentes se refugiarán: en sus amigos, en sus pares, buscando la cohesión y afectividad que los adultos no les proporcionan, desembocando en comportamientos violentos contra ese mismo medio que en su opinión no les protege de forma adecuada, o cayendo en conductas de riesgo ante la falta de consistencia de factores protectores (Orcasita y Uribe. 2010, p. 77). Es por ello que, la familia debe brindar aquel espacio protector y de seguridad ante los cambios que se generan durante las primeras etapas del ciclo de vida, donde existan pautas de crianza y dinámicas familiares que permitan la construcción de vínculos afectivos como 56 herramienta para la socialización de los NNA, pues si bien la familia es fundamental en todo el proceso de bienestar y desarrollo de los menores, espacios como la escuela y los tiempos con los amigos son trascendentales para el refuerzo de dichos vínculos y sobre todo para la formación de aquellos niños, niñas y adolescentes como adultos sanos, capaces de vivir en sociedad donde no sean vulnerados sus derechos y donde ellos no vulneren los de alguien más. Por último, es importante mencionar que, si en la familia no se posibilitan este tipo de vínculos afectivos de protección hacia los NNA y sus derechos, instituciones como el Hogar de Paso “Huellas de Ángeles” actuará como un ente protector que velará para que los y las menores crezcan y se desarrollen en un lugar seguro de acuerdo a las necesidades de cada uno de ellos, siempre garantizando su bienestar, seguridad y desarrollo integral. 1.9.3 Instituciones de Bienestar familiar El ICBF surge en Colombia como una entidad adscrita al Ministerio de la Protección Social. Fue creado en 1968 para enfrentar el reto de brindar apoyo y ayuda efectiva a los menores que ven vulnerados sus derechos. Tiene un carácter Nacional, por esto cubre tanto poblaciones urbanas como las rurales, indígenas y afro-colombianas. Tiene presencia en todas las capitales del departamento y cuenta 201 centros zonales en los diferentes municipios e incluso en las localidades de las ciudades grandes del país. Los niños y niñas, jóvenes, adultos y familias son atendidos por el ICBF y por sus representantes, instituciones que contratan con éste para brindar la atención directa a los menores (denominadas entidades prestadoras de servicios). Se cuenta, así, con varias 57 modalidades de atención a las que los usuarios pueden acceder de acuerdo con los cupos que existan. La autora de esta tesis sugiere dentro de esta reflexión propuestas que se pueden implementar a las políticas que tiene el ICBF a la hora de trabajar con sus entidades prestadoras de servicio: a) Vincular a las entidades prestadoras de servicios al diseño de los modelos de atención como fuente principal de extracción de información de los NNA. b) Flexibilizar y hacer más realistas las exigencias de atención hacia las instituciones prestadoras de servicios, con esto se humanizaría más los procesos que se tiene dentro de las mismas entidades. c) Diagnosticar periódicamente los factores psicosociales que generan las medidas de protección y haya una valoración exhaustiva, en comparación a las versiones que da el menor, de esta manera llegar hasta el punto inicial o